Segunda.
Segunda de la Ley 73/1978, de 26 de diciembre, de creación del Colegio Oficial de Geólogos. · BOE-A-1979-696
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-01-31.
Texto consolidado
Constituidos los órganos de gobierno colegiales, según lo dispuesto en la disposición precedente, aquéllos remitirán al Ministerio de Industria, en el plazo de seis meses, los estatutos a que se refiere la legislación vigente sobre Colegios Profesionales.