Primera.
Primera de la Ley 73/1978, de 26 de diciembre, de creación del Colegio Oficial de Geólogos. · BOE-A-1979-696
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-01-31.
Texto consolidado
El Ministerio de Industria y Energía, previa audiencia de la Asociación de Geológos Españoles, aprobará los estatutos provisionales de este Colegio. Estos estatutos regularán, conforme a la Ley, los requisitos para la adquisición de la condición de colegiados que permita participar en las elecciones de los órganos de gobierno, el procedimiento y plazo de convocatoria de las mencionadas elecciones, así como la constitución de los órganos de gobierno del Colegio Oficial de Geológos.