Segunda. Importe de las ayudas.
Segunda del Decreto-ley 3/2021, de 12 de febrero, del Consell, de medidas extraordinarias en materia de artesanía para paliar los efectos de la crisis derivada de la pandemia de la Covid-19. · DOGV-r-2021-90064
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-18.
Texto consolidado
1. La cuantía de la ayuda ascenderá a un importe máximo de 7.000,00 euros para los artesanos, artesanas y pymes artesanas que cumplan los requisitos exigidos en esta norma, incluidos en alguno de los oficios recogidos en el anexo II.
2. En caso de no ser suficiente el crédito disponible para atender todas las solicitudes formuladas, se concederán las ayudas a prorrata entre todas aquellas solicitudes que reúnan los requisitos exigidos.