Regla 35. Soporte de la información.
Regla 35 de la Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración General del Estado. · BOE-A-2011-17888
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-17.
Texto consolidado
1. El SIC facilitará el tratamiento flexible de la información contable a través de estados contables que podrán estar soportados en consultas interactivas a través de los puestos informáticos de trabajo e informes en papel, o mediante cualquier tipo de soporte informático.
Sin perjuicio del soporte en que queden plasmados los estados contables, su contenido y obtención se habrá de ajustar a las normas que se contienen en el presente capítulo.
2. Por la Intervención General de la Administración del Estado se establecerán los soportes a utilizar en cada caso, en función del tipo de información que se deba obtener del sistema.