Regla 26. Reconocimiento de plusvalías.
Regla 26 de la Resolución de 28 de octubre de 1992, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los efectos contables del nuevo sistema de información sobre el Inventario General de Bienes Inmuebles. · BOE-A-1992-24856
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-11-12.
Texto consolidado
Por las plusvalías de indubitable efectividad reflejadas en el Inventario General de Bienes Inmuebles se realizará en la Central Contable:
Cargo en las cuentas 200.0 o 202.2, representativas del inmueble, por importe de la plusvalía.
Abono en la cuenta 821, «Resultados extraordinarios del inmovilizado».
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