Regla 23. Documentación complementaria
Regla 23 de la Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo Básico de Contabilidad Local. · BOE-A-2004-20807
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.
Texto consolidado
1. A la Cuenta General de las entidades locales que apliquen el SICAL - Básico deberá unirse, en todo caso, la siguiente documentación.
a) Acta de arqueo de las existencias en Caja referidas a fin de ejercicio.
Si existiesen varias Cajas de efectivo se confeccionará una única Acta comprensiva de las existencias en todas ellas.
b) Notas o certificaciones de cada entidad bancaria de los saldos existentes en las mismas a favor la entidad local, referidos a fin de ejercicio y agrupados por nombre o razón social de la entidad. En caso de discrepancia entre saldos contables y bancarios, se aportará el oportuno estado conciliatorio.
2. El Acta de arqueo y el estado conciliatorio a los que se refiere el apartado anterior se confeccionarán teniendo en cuenta lo establecido en los apartados 3 y 4 de la Regla 13 de esta Instrucción.