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Resolución Vigente

Quinto. Tratamiento de los datos.

Quinto de la Resolución de 21 de julio de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se extiende la colaboración social a la presentación telemática de la solicitud de inscripción de operadores en el Registro especial de operadores de embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad y de la solicitud de autorización de uso de embarcación neumática y semirrígida de alta velocidad y se aprueba el documento normalizado para acreditar la representación para su presentación por vía telemática en nombre de terceros. · BOE-A-2020-8449

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-25.

Texto consolidado

El tratamiento de los datos se realizará conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y la finalidad de dicho tratamiento es la aplicación del sistema tributario y aduanero.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-07-25.

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