Quinto. Ley aplicable y fuero.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-12.
Texto consolidado
Cuantas cuestiones puedan suscitarse sobre el cumplimiento o ejecución de la operación de préstamo disciplinada en la presente Resolución se regirán de acuerdo a la Legislación española.
A tal efecto, serán competentes los Juzgados o Tribunales de la ciudad de Madrid, renunciando las partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles, y pactando como lugar de cumplimiento de las obligaciones el domicilio de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
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- Ver la norma completa: Resolución de 10 de agosto de 2020, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen las condiciones financieras aplicables a las operaciones de préstamo entre la Administración General del Estado y las Entidades Locales, según los términos previstos en el Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, de carácter extraordinario y urgente, aplicables a las Entidades Locales.