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Orden Vigente

Quinto. Formato del soporte del documento personal.

Quinto de la Orden de 7 de febrero de 1997 por la que se regula la tarjeta de extranjero. · BOE-A-1997-3364

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-02-16.

Texto consolidado

1. El formato del soporte del documento personal de la Tarjeta de Extranjero tendrá unas dimensiones de 85,6 × 54 × 0,6 milímetros sobre base de papel de seguridad.

2. Sus fondos tirados en varios colores y con una serie de filigranas llevarán en la parte superior izquierda del anverso las palabras «Extranjeros» y «España», situada ésta última debajo de la primera; y a su derecha el tipo de permiso o confirmación del derecho que se materializa (Residencia, Residencia y Trabajo, Estudiante, Régimen Comunitario, Asilo y Trabajador Fronterizo) en distintos colores de acuerdo con la siguiente especificación:

Rojo para la concesión de Permiso de Residencia, cualquiera que sea el tipo o naturaleza del mismo.

Verde para la concesión de Permiso de Residencia y Trabajo, cualquiera que sea el tipo o naturaleza del mismo.

Naranja para la concesión de Tarjeta de Estudiante.

Azul para las personas incluidas en el Régimen Comunitario.

Morado para las personas a las que se les haya reconocido la condición de refugiado, mediante la concesión del Derecho de Asilo.

Negro para la concesión de Trabajador Fronterizo.

3. En el centro figurará la letra E (España), con los colores de la bandera nacional.

4. Al reverso, con fondo de filigrana, los epígrafes de «Aspectos Laborales o Motivo de Concesión» y «Observaciones», así como tres líneas de caracteres OCR-B1, de treinta caracteres cada una.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-02-16.

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