Quinto.
Quinto de la Orden de 29 de febrero de 1988 sobre el Sistema Nacional de Compensación Electrónica. · BOE-A-1988-5819
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-03-28.
Texto consolidado
En el Banco de España se llevará el registro de los miembros del Sistema Nacional, y deberá comunicar las sucesivas altas y bajas que se produzcan al Ministerio de Economía y Hacienda, para que éste disponga su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. E. y V. I. para su conocimiento y demás efectos.