Quinto.
Quinto de la Orden de 14 de septiembre de 1981 sobre creación del distintivo de Protección Civil. · BOE-A-1981-23039
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-10-09.
Texto consolidado
Cuando cese la colaboración con la Protección Civil en cualquiera de las modalidades aludidas anteriormente, se procederá a la entrega del distintivo en el Gobierno Civil respectivo y a cancelar la anotación en el registro mencionado anteriormente, quedando sin efecto la facultad reconocida en su día para su utilización.