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Resolución Vigente

Primero. Presentación solicitudes de prestaciones complementarias.

Primero de la Resolución de 9 de junio de 2022, de la Mutualidad General Judicial, por la que se establecen las vías para la presentación de solicitudes de prestaciones complementarias. · BOE-A-2022-10406

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-24.

Texto consolidado

Establecer las vías para la presentación de las solicitudes de prestaciones complementarias a fin de garantizar una tramitación ágil y eficaz, determinando que:

1.1 Las solicitudes de las prestaciones complementarias se podrán presentar todos los días del año a través de la sede electrónica de MUGEJU (https://sedemugeju.gob.es/). A dichas solicitudes deberá acompañarse la documentación correspondiente en formato electrónico.

1.2 No obstante, los/as mutualistas que no estuvieren en activo o acrediten la imposibilidad de cursar su petición en la forma indicada en el apartado 1.1, podrán presentar sus solicitudes en formato papel ante la Gerencia, las Delegaciones Provinciales de MUGEJU y en cualquiera de los registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

La presentación podrá hacerse durante los días hábiles que establece la citada Ley 39/2015. A tal fin, los interesados deberán utilizar el impreso normalizado correspondiente disponible tanto en la sede central de la MUGEJU y las Delegaciones Provinciales, como en la página web de la Mutualidad (www.mugeju.es) junto al que deberá acompañarse la documentación pertinente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-06-24.

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