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Orden Derogada

Primero. Importe de la dieta.

Primero de la Orden INT/3782/2007, de 13 de diciembre, de regulación de la dieta de los miembros de las mesas electorales. · BOE-A-2007-22211

Atención: Orden INT/3782/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las personas que sean designadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas electorales, de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y siguientes de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, percibirán una dieta de 60,00 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-14.

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