Primero. Objeto de la Orden.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-07.
Texto consolidado
Uno. De conformidad con lo que se determina en el artículo 46 del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, la presente Orden regula el procedimiento que ha de seguir la tramitación de los expedientes de homologación, convalidación y equivalencia a efectos profesionales de las formaciones de entrenadores deportivos, por las enseñanzas deportivas de régimen especial, a los efectos previstos en el artículo 42 del citado Real Decreto 1913/1997.
Dos. Los conceptos de homologación, convalidación y equivalencia a efectos profesionales se entienden del modo en que los define el artículo 41 del Real Decreto mencionado.
Más artículos de Orden ECD/189/2004
- → Segundo. Iniciación del procedimiento.
- Ver la norma completa: Orden ECD/189/2004, de 21 de enero, por la que se regula el procedimiento de tramitación de los expedientes de homologación, convalidación y equivalencia a efectos profesionales, de las formaciones de entrenadores deportivos, por las enseñanzas deportivas de régimen especial, a los efectos de lo previsto en el artículo 42 del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.