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Orden Vigente

Primero.

Primero de la Orden de 22 de junio de 1984 por la que se regula la creación de los Centros gestores, el funcionamiento de las Entidades titulares de los mismos y la percepción de las ayudas correspondientes, previstos en el Real Decreto 2707/1983, de 7 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley 19/1982, de 26 de mayo, sobre contratación de productos agrarios. · BOE-A-1984-14883

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-07-22.

Texto consolidado

Las partes suscribientes de un Acuerdo colectivo o interprofesional cuando quieran que éste sea homologado, deberán crear obligatoriamente un Centro gestor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-07-22.

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