Primera.
Primera de la Ley 18/1990, de 17 de diciembre, sobre reforma del Código Civil en materia de nacionalidad. · BOE-A-1990-30520
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-01-07.
Texto consolidado
La adquisición o la pérdida de la nacionalidad española, conforme a la legislación anterior, mantienen su efecto, aunque la causa adquisición o de pérdida no esté prevista en la ley actual.