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Instrucción Vigente

Primera. Presentación de solicitudes de certificación por correo electrónico.

Primera de la Instrucción de 20 de marzo de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en materia de recepción y despacho de solicitudes de certificaciones en los Registros civiles por vía telemática. · BOE-A-2002-6699

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-09.

Texto consolidado

Los Registros civiles informatizados, dotados con cuenta de correo electrónico propia, considerarán válidamente formalizadas a los efectos de su despacho las solicitudes de certificación que reciban a través de la indicada cuenta, salvo los supuestos contemplados en el artículo 23 del Reglamento del Registro Civil, así como los relativos a la regla séptima de esta Instrucción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-04-09.

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