Octavo. Jornada de verano.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-09-22.
Texto consolidado
Durante el período comprendido entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, ambos inclusive, se podrá establecer una jornada intensiva de trabajo de treinta y dos horas y media semanales, a realizar por los letrados de la Administración de Justicia con jornada general de trabajo.
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- Ver la norma completa: Resolución de 17 de septiembre de 2026, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas especiales en régimen de dedicación especial para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.