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Orden Derogada

Octavo. Documentación.

Octavo de la Orden CUL/4486/2004, de 30 de diciembre, por la que se establecen las normas de acceso a la Biblioteca Nacional. · BOE-A-2005-728

Atención: Orden CUL/4486/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para la obtención de cada uno de los carnés de la Biblioteca Nacional será necesario cumplir los siguientes requisitos:

a) Acreditar la personalidad del solicitante mediante presentación del Documento Nacional de Identidad o documentos equivalentes.

b) Presentar debidamente cumplimentados los impresos oficiales que se publican como anexos a la presente orden.

La Biblioteca Nacional se reserva el derecho de pedir documentación complementaria o aclaraciones a la presentada cuando lo considere necesario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-01-16.

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