Octava.
Octava de la Resolución del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza por la que se dan normas complementarias a la Orden de 24 de enero de 1974 sobre ordenación zootécnico-sanitaria de Centros de Piscicultura privados, instalados en aguas continentales. · BOE-A-1974-1764
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-11-20.
Texto consolidado
Con arreglo a lo ordenado en el artículo 15 de la Orden de 24 de enero de 1974, la importación o exportación de huevos para incubar, peces vivos o cangrejos vivos de cualquier edad, requerirá una certificación del ICONA, que se ajustará al modelo 3 del anexo.
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