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Orden Vigente

Octava. Delegaciones de competencias.

Octava de la Orden DEF/3594/2003, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las normas para la tramitación y concesión ordinaria de las Cruces del Mérito Militar, Naval y Aeronáutico, con distintivo blanco, y de las menciones honoríficas, la delegación de competencias en esta materia, y el uso de las condecoraciones representativas de las recompensas. · BOE-A-2003-23556

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-12-24.

Texto consolidado

1. Se delega en el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, en el Secretario de Estado de Defensa, en el Subsecretario de Defensa y en los Jefes de los Estados Mayores del Ejército del Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, la concesión de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, como Cruz, con distintivo blanco, al personal militar y civil que preste servicios en unidades, centros u organismos dependientes de las mencionadas Autoridades.

2. Se delega en el Secretario de Estado de Defensa la concesión de las Menciones honoríficas al personal militar y civil que preste servicios en unidades, centros u organismos dependientes de su Autoridad.

3. Por último, se delega en el Subsecretario de Defensa como Jefe Superior del Personal del Departamento la concesión de las Cruces del Mérito Militar, del Mérito Naval y del Mérito Aeronáutico, como Cruz, con distintivo blanco, y de las Menciones honoríficas al personal militar o civil no incluido en los anteriores apartados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-12-24.

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