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Orden Derogada 2 redacciones

Noveno. Delegación de competencias en materia de gestión patrimonial.

Noveno de la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. · BOE-A-2021-7045

Atención: Orden ISM/419/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se delega en la persona titular de la Secretaría de Estado de Migraciones la solicitud al Ministerio de Hacienda y Función Pública de la afectación de bienes inmuebles cuyo uso se destine a centros de migraciones y centros de titularidad pública estatal del sistema de acogida de protección internacional y todas aquellas competencias de gestión patrimonial relativas a dichos inmuebles que no hayan sido atribuidas a las Direcciones Generales de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración y de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal.

2. Se delega en la persona titular de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la solicitud al Ministerio de Hacienda de la afectación de bienes inmuebles y todas aquellas competencias relativas al patrimonio, excepto aquellas delegadas en otros órganos del departamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-04-09.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-5791.

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