Noveno. Reconocimiento de las convalidaciones a las que se refiere la presente Orden.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-07.
Texto consolidado
Las convalidaciones a las que se refiere la presente Orden serán aplicadas por los organismos competentes de las distintas administraciones educativas.
Más artículos de Orden ECD/189/2004
- ← Octavo. Expedición y registro de credenciales.
- → Décimo. Entrada en vigor de la Orden.
- Ver la norma completa: Orden ECD/189/2004, de 21 de enero, por la que se regula el procedimiento de tramitación de los expedientes de homologación, convalidación y equivalencia a efectos profesionales, de las formaciones de entrenadores deportivos, por las enseñanzas deportivas de régimen especial, a los efectos de lo previsto en el artículo 42 del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.