Norma decimoctava. Ratio de apalancamiento.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-01.
Texto consolidado
(Suprimida)
Téngase en cuenta que esta norma se suprime por la norma única.14 de la Circular 3/2017, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-2017-12562, con efectos de 1 de enero de 2018, según establece su disposición final.
Redacción anterior:
"De acuerdo con el artículo 499.3 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, hasta el 31 de diciembre de 2017, los grupos consolidables de entidades de crédito, así como las entidades de crédito de nacionalidad española, integradas o no en un grupo consolidable, salvo que hayan resultado exentas de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento (UE) n.º 575/2013, calcularán la ratio de apalancamiento sobre la base de los datos correspondientes al último día del trimestre natural."
Se suprime por la norma única.14 de la Circular 3/2017, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-2017-12562
Redacciones de este artículo
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