Norma 74. Publicidad de la eliminación de un límite a la concentración a un sector de actividad económica.
Norma 74 de la Circular 2/2016, de 2 de febrero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013. · BOE-A-2016-1238
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-12.
Texto consolidado
Sin perjuicio de la notificación a las entidades afectadas de la resolución adoptada, cuando el Banco de España considere que debe eliminarse un límite a la concentración a un sector de actividad económica, publicará en su sitio web un anuncio en el que incluirá, como mínimo, la siguiente información:
a) La decisión de eliminar el límite a la concentración.
b) El momento a partir del cual la eliminación del límite será eficaz.
c) Los factores que el Banco de España ha considerado relevantes para determinar la eliminación del límite.
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- Ver la norma completa: Circular 2/2016, de 2 de febrero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013.