Norma 5.ª Tratamiento contable de las inversiones en valores no cotizados.
Norma 5 de la Circular 4/1997, de 26 de noviembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre criterios de valoración y condiciones de inversión de las Instituciones de Inversión Colectiva en valores no cotizados. · BOE-A-1997-26636
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-12-13.
Texto consolidado
El tratamiento contable de las inversiones de las IIC en valores no cotizados se ajustará a lo previsto en esta sección, a los principios establecidos en la norma 6.a de la Circular 7/1990, de 27 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables y estados financieros reservados de Instituciones de Inversión Colectiva (en adelante Circular 7/1990), y a los criterios generales que les sean de aplicación recogidos en las normas 9.a 2.A, 10 y 11 de la mencionada Circular. En lo no previsto en las normas anteriores, se estará a lo dispuesto en el Código de Comercio, Ley de Sociedades Anónimas y el Plan General de Contabilidad.
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- Ver la norma completa: Circular 4/1997, de 26 de noviembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre criterios de valoración y condiciones de inversión de las Instituciones de Inversión Colectiva en valores no cotizados.