Norma 1.ª Ámbito de aplicación.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-30.
Texto consolidado
La presente Circular será de aplicación a las sociedades y fondos de capital-riesgo (en lo sucesivo, SCR y FCR, respectivamente y ECR, conjuntamente), y a las sociedades gestoras de entidades de capital-riesgo (SGECR).
Más artículos de Circular 3/2010
- → Norma 2.ª Tramitación de los proyectos de constitución de las ECR y las SGECR.
- Ver la norma completa: Circular 3/2010, de 14 de octubre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre procedimientos administrativos de autorización de las entidades de capital-riesgo y de sus sociedades gestoras, de autorización de las modificaciones de sus reglamentos y estatutos y de comunicación de los cambios de consejeros y directivos.