IV. Requerimiento de otra documentación
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-29.
Texto consolidado
Con independencia de la información y documentación señalada en los epígrafes anteriores, el Tribunal de Cuentas podrá requerir el envío de documentación adicional en relación con los contratos y convenios de cualquier naturaleza y cuantía, en aplicación del artículo 40.2 de la LFTCu, 335.3 de la LCSP y 53.3 de la Ley 40/2015. Los requerimientos deberán ser atendidos en los plazos y términos en ellos establecidos en cumplimiento del deber de colaboración con el Tribunal de Cuentas que tienen todas las entidades integrantes del sector público, consagrado en los artículos 7 de la LOTCu y 30 de la LFTCu.
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- Ver la norma completa: Resolución de 20 de julio de 2018, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 28 de junio de 2018, por el que se aprueba la sustitución de la Instrucción general relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos, convenios y encomiendas de gestión celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico, aprobada por Acuerdo del Pleno de 28 de noviembre de 2013.