ITC-BT-41
ITC-BT-41 del Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. · BOE-A-2002-18099
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-09-18.
Texto consolidado
INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN CARAVANAS Y PARQUES DE CARAVANAS
0.
ÍNDICE
1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
2. CONDICIONES GENERALES DE INSTALACIÓN
1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
El objeto de la presente instrucción es determinar los requisitos de instalación de las caravanas y los parques de caravanas.
Los receptores que se utilicen en dichas instalaciones cumplirán los requisitos de las directivas europeas aplicables conforme a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.
2.
CONDICIONES GENERALES DE INSTALACIÓN
Las prescripciones particulares para este tipo de establecimientos o instalaciones son las establecidas en la norma UNE 20.460-7-708.