Duodécimo. Régimen transitorio.
Duodécimo de la Resolución de 7 de julio de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueban los procedimientos de solicitud por vía telemática de representante para los actos de comprobación material de la inversión, las comunicaciones y los modelos normalizados de solicitud. · BOE-A-2015-7735
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-14.
Texto consolidado
1. Las solicitudes de representante ante esta Intervención General que se presenten con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución, se regirán por la normativa anterior.
Las que se realicen a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución, se ajustarán a las previsiones que se contienen en ésta.
2. En tanto no estén disponibles los desarrollos funcionales previstos en la aplicación COREnet para poder efectuar la remisión y alta de actas de recepción y otros informes, y las actuaciones de seguimiento previstas en el apartado Quinto de esta Resolución, las mismas se seguirán desarrollando a través de los medios utilizados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Circular.
En todo caso, la fecha en que estén disponibles los nuevos procedimientos informáticos para la remisión de actas y las actuaciones de seguimiento se publicará en la Intranet corporativa y en el portal Internet de la IGAE (www.pap.minhap.gob.es).
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- Ver la norma completa: Resolución de 7 de julio de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueban los procedimientos de solicitud por vía telemática de representante para los actos de comprobación material de la inversión, las comunicaciones y los modelos normalizados de solicitud.