Duodécima.
Duodécima de la Instrucción de 20 de marzo de 1991 sobre nacionalidad. · BOE-A-1991-7646
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-03-26.
Texto consolidado
Para que el hijo de madre española, al que no le correspondía la nacionalidad española cuando nació, pueda acogerse a la disposición transitoria segunda, es necesario que la madre fuera española en el momento del nacimiento del hijo.