Disposición final primera. Título competencial.
Disposiciones final primera del Real Decreto 578/2014, de 4 de julio, por el que se dictan disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea relativa a la alimentación de animales de producción con determinados piensos de origen animal. · BOE-A-2014-7139
Atención: Real Decreto 578/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.16.ª de la Constitución, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad.
2. Los órganos competentes de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán hacer uso de la excepción relativa a la utilización y el almacenamiento de los piensos compuestos en la explotación, contenida en el apartado 2 de la sección D del capítulo III del anexo IV del Reglamento (CE) n.º 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001.
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