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Decreto Legislativo Vigente

Disposición transitoria vigesimoséptima. Consideración de las actuaciones de utilidad pública o interés social.

Disposición transitoria vigesimoséptima del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje. · DOGV-r-2021-90283

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-17.

Texto consolidado

Las autorizaciones para edificaciones e instalaciones de utilidad pública o interés social otorgadas por la administración competente al amparo de los artículos 85.1.segunda y 86 del texto refundido de la Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana de 1976, tendrán la consideración de declaraciones de interés comunitario reguladas en este texto refundido, siempre que cuenten con informe favorable emitido por acuerdo del pleno del ayuntamiento y se fije para las mismas un canon y plazo de vigencia de acuerdo con el régimen establecido en este texto refundido para las declaraciones de interés comunitario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-07-17.

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