El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior al de Subdirección General.

Disposición transitoria única del Real Decreto 950/1997, de 20 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de diferentes Organismos autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. · BOE-A-1997-14860

Atención: Real Decreto 950/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios, hasta que se aprueben las relaciones de puestos de trabajo adaptadas a la estructura orgánica de este Real Decreto. Dicha adaptación en ningún caso podrá suponer incremento de gasto público.

Las unidades y puestos de trabajo encuadrados en los órganos suprimidos por este Real Decreto se adscribirán provisionalmente mediante resolución del respectivo Presidente o Director de cada Organismo, hasta tanto entre en vigor la nueva relación de puestos de trabajo, a los órganos regulados en el presente Real Decreto, en función de las atribuciones que tengan asignadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-07-05.

Más artículos de Real Decreto 950/1997

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 950/1997 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.