Disposición adicional segunda. Régimen de los órganos colegiados.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 950/1997, de 20 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de diferentes Organismos autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. · BOE-A-1997-14860
Atención: Real Decreto 950/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En lo no previsto en el presente Real Decreto, los órganos colegiados regulados en el mismo se regirán de conformidad con lo previsto en el capítulo II del Títu lo II de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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