Disposición transitoria única. Inclusión en el Registro Integrado Industrial.
Disposición transitoria única del Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial. · BOE-A-2010-8189
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-08-22.
Texto consolidado
Las empresas y agentes en materia de seguridad y calidad industrial incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento del Registro Integrado Industrial, que a su entrada en vigor se encuentren inscritas en el Registro de Establecimientos Industriales de ámbito estatal aprobado por el Real Decreto 697/1995, de 28 de abril, se inscribirán de oficio en el Registro Integrado Industrial por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con las Comunidades Autónomas.