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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria única. Pervivencia de los actos, encargos, encomiendas de gestión, convenios y contratos relativos a TRAGSA y a TRAGSATEC.

Disposición transitoria única del Real Decreto 345/2025, de 22 de abril, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSA) y de su filial Tecnologías y Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P. (TRAGSATEC). · BOE-A-2025-8159

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-24.

Texto consolidado

Todos los actos, encargos, encomiendas de gestión, convenios y contratos relativos a TRAGSA y a su filial TRAGSATEC celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, mantendrán su vigencia y seguirán produciendo sus efectos propios, también en lo referente a su ejecución y abono, por lo dispuesto en la normativa vigente en el momento de su formalización. Las modificaciones y prórrogas posteriores a la entrada en vigor de este real decreto se regirán por la normativa vigente en el momento de la formalización del instrumento original.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-04-24.

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