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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria única. Régimen transitorio.

Disposición transitoria única del Real Decreto 2451/1998, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Junta Arbitral de resolución de conflictos en materia de tributos del Estado cedidos a las Comunidades Autónomas. · BOE-A-1998-27046

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-11-26.

Texto consolidado

Si a la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto estuvieran pendientes de resolución conflictos planteados ante la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales, al amparo de los artículos 73.2.b) del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y 106.3.b) del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el órgano directivo de referencia remitirá los expedientes respectivos a la Junta Arbitral a fin de que sean resueltos por ésta conforme al Reglamento incluido en el anexo del presente Real Decreto.

Tal remisión será notificada por la mencionada Dirección General a las Administraciones tributarias en conflicto, así como a los interesados en el mismo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-11-26.

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