Disposición transitoria única. Traslado de expedientes.
Disposición transitoria única del Real Decreto 234/2013, de 5 de abril, por el que se establecen normas para la aplicación del Reglamento (CE) nº. 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea. · BOE-A-2013-4290
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-04-24.
Texto consolidado
1. Los procedimientos incluidos en el ámbito de aplicación de este real decreto iniciados con anterioridad a su entrada en vigor se resolverán de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente en el momento de su inicio.
2. A partir de dicha fecha, las comunidades autónomas darán traslado de todos los expedientes concluidos a la comunidad autónoma correspondiente en virtud del lugar de procedencia del producto para su mantenimiento, vigilancia, ampliaciones, modificaciones y renovaciones.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 234/2013, de 5 de abril, por el que se establecen normas para la aplicación del Reglamento (CE) nº. 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea.