El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición transitoria única. Pervivencia de la autorización sanitaria para los centros de obtención y trasplante de órganos humanos.

Disposición transitoria única del Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad. · BOE-A-2012-15715

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-18.

Texto consolidado

Los centros que tuvieran concedida la autorización para las modalidades actualmente existentes de obtención y trasplante de órganos humanos no precisarán nueva autorización, según las normas que contiene el presente real decreto, hasta que finalice el período de vigencia de su autorización actual.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-18.

Más artículos de Real Decreto 1723/2012

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1723/2012 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.