Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
Disposición transitoria única del Real Decreto 118/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Agentes Comerciales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2005-2529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-02-17.
Texto consolidado
Los actuales miembros del Consejo General continuarán en sus cargos hasta el final de su mandato. En los tres meses siguientes a la entrada en vigor de estos estatutos, la Asamblea General del Consejo General convocará elecciones para cubrir las Vocalías de las Autonomías que no estén representadas en la Junta de Gobierno.
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