Disposición transitoria única. Aplicación de los costes en soporte, tratamiento, preparación y distribución de los datos digitales aplica.
Disposición transitoria única de la Orden FOM/2807/2015, de 18 de diciembre, por la que se aprueba la política de difusión pública de la información geográfica generada por la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional. · BOE-A-2015-14129
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-27.
Texto consolidado
Hasta la publicación de la resolución que establezca los precios públicos del CNIG adaptada a esta orden, los costes de puesta en soporte, tratamiento, preparación y distribución de los datos digitales se aplicarán de acuerdo con el anexo II de la Resolución del Centro Nacional de Información Geográfica de 1 de julio de 2004.
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