Disposición transitoria única. Envío del acuerdo empresarial remitido a la autoridad laboral.
Disposición transitoria única de la Orden ESS/982/2013, de 20 de mayo, por la que se regula el contenido y el procedimiento de remisión de la comunicación que deben efectuar los empleadores a la Entidad Gestora de las prestaciones por desempleo en los procedimientos de despido colectivo, y de suspensión de contratos y reducción de jornada. · BOE-A-2013-5873
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-06-05.
Texto consolidado
Hasta tanto la aplicación Certific@ permita el anexado de documentos, el empleador deberá enviar a la Entidad Gestora de las prestaciones por desempleo el acuerdo empresarial adoptado al amparo de lo establecido en los artículos 51 ó 47 del Estatuto de los Trabajadores remitido a la autoridad laboral, utilizando el correo electrónico que se le indique por ésta.
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