Disposición transitoria única. Forma de presentación del modelo 308.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-31.
Texto consolidado
En el supuesto de los sujetos pasivos a que se refiere el apartado 2.b) del artículo 2 de la presente orden, la presentación del modelo 308 deberá realizarse obligatoriamente en impreso durante el período comprendido desde el día de entrada en vigor de esta orden hasta el 31 de marzo de 2009.
Más artículos de Orden EHA/3786/2008
- ← Artículo 11. Plazos de presentación del modelo 308.
- → Disposición derogatoria única. Derogación de modelos de declaración, y de las normas que regulan el lugar, forma y pl…
- Ver la norma completa: Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales y se modifican los Anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria.