Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
Disposición transitoria única de la Orden EHA/3291/2008, de 7 de noviembre, por la que se establece el procedimiento de comunicación por las entidades financieras depositarias de bienes muebles y saldos abandonados. · BOE-A-2008-18498
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-18.
Texto consolidado
Las declaraciones que deban presentarse en el primer trimestre del año 2009 se efectuarán con sujeción a la presente norma, si bien se estimarán válidas las actuaciones, previas a la formulación de dichas declaraciones, practicadas con sujeción a la normativa que se deroga por la presente Orden.
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