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Orden Vigente

Disposición transitoria única. Período transitorio para la inclusión de esta información.

Disposición transitoria única de la Orden ECM/973/2026, de 9 de septiembre, por la que se determina la tipología de los fondos de pensiones para su clasificación en función de su política de inversión. · BOE-A-2026-19423

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2027-01-02.

Texto consolidado

1. La incorporación de la información regulada en esta orden en el documento de datos fundamentales para el partícipe, en las normas de funcionamiento del fondo y en los principios de la política de inversión del fondo, podrá realizarse hasta el 1 de abril de 2027, fecha a partir de la cual deberá aportarse dicha información.

2. Asimismo, en la información correspondiente al cuarto trimestre de 2026, que se remitirá antes del 10 de febrero de 2027, deberá hacerse constar la categoría concreta en la que se ha incluido el fondo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2027-01-02.

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