Disposición transitoria única. Sede electrónica y registro electrónico de la Secretaría de Estado de Cultura.
Disposición transitoria única de la Orden ECD/378/2012, de 28 de febrero, por la que se establece la obligatoriedad para los interesados en el procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual, de comunicarse con la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual por medios electrónicos. · BOE-A-2012-2852
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-01.
Texto consolidado
En tanto no se produzca la integración de las sedes electrónicas y registros electrónicos de los extintos Ministerios de Educación y de Cultura, las menciones hechas en la presente orden a la sede electrónica y registro electrónico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se entenderán hechas a la sede electrónica y registro electrónico de la Secretaría de Estado de Cultura, https://sede.mcu.gob.es.
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