Disposición transitoria única. Implantación.
Disposición transitoria única de la Ley Foral 14/2008, de 2 de julio, de Garantías de Espera en Atención Especializada. · BOE-A-2008-13954
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-07-17.
Texto consolidado
La presente Ley Foral se desarrollará de forma progresiva. Los diferentes centros de asistencia especializada de la Red Sanitaria Pública de Navarra deberán adecuar su estructura organizativa y sistemas de citación para que antes de que finalice el año 2008 se garanticen los plazos máximos recogidos en el artículo 3 de la presente Ley Foral.