Disposición transitoria única. Mantenimiento de la estructura del Banco de Sangre y Tejidos de Navarra.
Disposición transitoria única de la Ley Foral 1/2013, de 30 de enero, por la que se crea y se regula el Banco de Sangre y Tejidos de Navarra. · BOE-A-2013-2253
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-02-12.
Texto consolidado
La derogación de lo dispuesto en los artículos 11 y 12 de la Ley Foral 20/2010, de 13 de diciembre, se deja en suspenso hasta que se desarrolle la estructura orgánica del Banco de Sangre y Tejidos de Navarra que, en todo caso, no podrá demorarse más de un año desde la aprobación de esta Ley Foral.