Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única de la Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-1997-22317
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-10-10.
Texto consolidado
Se efectuarán las modificaciones de créditos necesarias para la dotación correspondiente a la creación de la Agencia de Desarrollo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y efectuar en su favor las subvenciones que correspondan, con acuerdo previo del Consejo de Gobierno y propuesta de la Consejería de Hacienda y Promoción Económica.